CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS SUBVENCIONES PARA ADQUISICIÓN EQUIPAMIENTO ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO 2022

Fecha de publicación : 20/05/2022

Plazos : Hasta el 30 de junio de 2022

Cuantía : 15000€ máximo y 600 € ayuda lineal mínima

Objeto:

 La convocatoria se realiza al amparo de lo establecido en el art. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de la Ordenanza General de Subvenciones en su redacción dada por acuerdo plenario de 27 de enero de 2021 (BOP nº 83/2021, de 4 de mayo), y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación para el ejercicio 2022.
El objeto de la convocatoria consiste en establecer el régimen jurídico para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro, en el ámbito de la acción social y los servicios sociales, para contribuir a la adquisición o reparación del equipamiento necesario para el desarrollo de sus actividades y/o programas de carácter social en el ámbito de competencia de la Diputación de León, es decir en los municipios de menos de 20.000 habitantes durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 al 1 octubre de 2022. La finalidad de la convocatoria es cumplir los objetivos señalados por la Diputación de León en la actuación de los Servicios Sociales, es decir atender con garantías y sostenibilidad las necesidades de las personas cubriendo sus carencias y desarrollando sus potencialidades, consiguiendo incrementar el nivel de calidad de vida de aquellas. Las ayudas estarán orientadas a la compra o reparación de equipamiento o mobiliario para sedes o locales sociales o el necesario para la realización de sus actividades y/o programas sociales. Estas actividades deberán servir de complemento al conjunto de servicios y prestaciones, que ya se prestan desde los Servicios Sociales de la Diputación de León, para la prevención, la atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales de las personas,  con el fin de lograr o aumentar su bienestar social.  Asimismo, estas ayudas deberán estar orientadas a alcanzar el pleno desarrollo de los derechos de las personas dentro de la sociedad y a promover la cohesión social y la solidaridad. Todo ello dentro del marco de la Ley de 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.Las actividades y/o programas sociales han de ser desarrollados en municipios de menos de 20.000 habitantes, deberán cumplir las condiciones exigidas en el art. 3 de la Ordenanza General de Subvenciones mencionada anteriormente y reunir los requisitos establecidos en las presentes bases.La ejecución de las propuestas de compra o reparación de equipamiento deberá realizarse entre el periodo comprendido entre el día 1 de enero y 1 de octubre de 2022.

Documentación:

- Documentos genéricos:

1.- Anexo I: Formulario de solicitud, según documento que se adjunta a esta convocatoria para su aprobación, suscrito por quien tenga la representación de la entidad o poder suficiente para ello.

2.- Anexo II: Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario.

3.- Anexo III: Declaración responsable para el caso de tener presentada la documentación relativa a inscripción registral, normas estatutarias etc. en otros expedientes, declarando que los hechos y circunstancias que constan en los mismos se mantienen vigentes y no han sufrido modificación en la fecha de la solicitud.

4.- Anexo IV. Memoria técnica sobre la necesidad del equipamiento solicitado, en las que se especifique:

. Descripción de la realidad social sobre la que se actúa, ámbito, relación de usuarios del año anterior, ubicación del equipamiento solicitado y objetivos perseguidos con la adquisición o reparación del mismo, que deberán estar relacionados con la finalidad de la presente convocatoria.

. Adecuación del equipamiento solicitado a la consecución de los mencionados objetivos y actividades de la entidad.

. Justificación de la necesidad del equipamiento, indicando si se trata de material de reposición, reparación o nueva adquisición, haciendo constar, si la solicitud consiste en más de un elemento, el orden de preferencia de los diferentes materiales, en su caso, teniendo en cuenta la posible cantidad total a percibir.

. Descripción de las mejoras que se obtendrían en la entidad con la inversión solicitada, al efecto de una atención social más adecuada al colectivo que se trate de beneficiar.

. Fotocopia de sus estatutos donde conste su condición de entidad de carácter social y objetivos relacionados con la finalidad objeto de la subvención.

. Fotocopia del Documento de Identificación fiscal de la entidad solicitante.

. Fotocopia del DNI del representante de la entidad que firma la solicitud y acreditación de su representación.

. Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones Servicios y Centros de carácter Social de Castilla y León.

Están exentos de la presentación de la documentación relativa a la inscripción en registros o a sus normas estatutarias aquellas entidades ya subvencionadas en ejercicios anteriores, sustituyendo tal documentación por una declaración responsable relativa a la vigencia de tal documentación, indicando el expediente en el que hubiera sido aportada.

Los documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración no necesitan ser presentados, siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que dichos documentos sean consultados o recabados. Se presumirá que la consulta o actuación es autorizada salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa. (art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

- Documentos específicos:

Para compra o reparaciones de equipamiento o mobiliario:

a) Para presupuestos de compras o reparaciones de equipamiento inferiores a 5.000 € sin IVA, se deberán presentar presupuestos al menos de dos casas suministradoras.

b) Para presupuestos de compras o reparaciones de equipamiento entre 5.001 € y 15.000 € sin IVA, se deberán presentar presupuestos de tres o más casas suministradoras.

La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificar expresamente la elección en una memoria cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.