RESOLUCIÓN DEFINITIVA AYUDAS VIVIENDA RURAL JOVEN 2023

Fecha de publicación : 30/09/2024

BOP : Tablón de anuncios de 30 septiembre de 2024

Plazos : diez días hábiles desde que se produzca la notificación

Cuantía : Individual.

Objeto:

La convocatoria se resolvió mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 20 de septiembre de 2024.

- Anuncio concesión subvenciones

- Resultado del sorteo para la fiscalización de facturas.

Documentación:

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se realizará mediante la solicitud de abono y justificación de una subvención concedida (Anexo III), a través de este enlace al trámite  habilitado en la sede electrónica, Registro General o resto de lugares señalados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles desde que se produzca esta notificación y se documentará con:

1. Solicitud de abono y justificación de una subvención concedida (Anexo III), habrá de ser acompañado de no efectuarse la solicitud mediante trámite previsto en la sede electrónica.

2.Una memoria económica cuenta justificativa (Anexo V). La justificación de importe inferior a 1,25 veces de la cantidad concedida determinará la reducción proporcional de la ayuda.

3.Ficha de terceros, acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente.

4.Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario (Anexo II). Ha de ser cumplimentada, de nuevo, en todo caso.

5.Conforme al resultado del sorteo celebrado el 23 de septiembre de 2024, para la fiscalización por muestreo, en cumplimiento de la Base Novena, las siguientes 29 personas seleccionadas presentarán la modalidad de justificación con aportación de justificantes de gasto (facturas, transferencias o recibos de cargos bancarios, cartas de pago, etc). El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a las consecuencias previstas en la Base Decimotercera.

 

APELLIDOS Y NOMBRE

N.I.F.

Nº SORTEO

Á. G., Sara

***7603**

3

Á. R., María

***7914**

7

A., Mostafá

***0778**

10

A. F., Camino

***5967**

13

B. R., Alba

***6102**

17

B. M., Soledad

***2780**

23

C. F., Begoña

***8068**

31

C. M., Carlos

***6348**

33

D. S., Lydia

***6179**

46

F. R., Sara

***5791**

58

F. S., Virginia

***1344**

59

G. A., Alberto

***5786**

68

G. C., Sara

***3383**

74

G. Á., Sara

***2440**

77

G. C., Kevin

***7884**

80

J. B., Adrián

***6044**

92

Ll. L., Rubén

***4049**

93

M. A., Héctor

***2131**

99

M. C., Jairo

***6834**

100

M. D.P., Rocío

***5370**

101

M, D.L.V, Óscar

***5627**

108

M. V., Jesús

***5956**

109

M. F., Víctor

***7293**

110

M. G., Alberto

***7959**

111

R. M., Jara

***8854**

128

S. S., Marcos

***8778**

131

S. M., Amanda

***4539**

136

V. L., Eva

***6342**

138

V. D., José Manuel

***5869**

143

  Los beneficiarios seleccionados aportarán los justificantes de gastos (facturas) y justificantes de los pagos mediante las transferencias bancarias o recibos de cargos, cartas de pago, u otros, correspondientes a la acción subvencionada:

a. Documentación específica para la Línea 1: Adquisición y Edificación.

I. Justificantes de las transferencias bancarias de las cuotas hipotecarias abonadas en el período subvencionable o recibos de los cargos en cuenta de esas cuotas emitidos por la entidad bancaria.

II. Factura emitida por la Dirección Facultativa en la que consten los gastos derivados de la redacción del proyecto y dirección o ejecución de la edificación y justificantes de la transferencia bancaria que acredite el pago de la factura.

III. Factura de los gastos de tasación de la vivienda.

IV.  Facturas de los gastos notariales y registrales

V.  Cartas de pago u otros documentos acreditativos de del pago de tributos (tasas de licencias urbanísticas o en concepto de impuesto sobre construcción, instalaciones y obras -ICIO-).

b. Documentación específica para la Línea 2: Rehabilitación y Reforma.

I. Factura correspondiente al Proyecto o Memoria de la Dirección Facultativa, en su caso, en relación a las obras de Rehabilitación o Reforma a ejecutar, o realmente ejecutadas, y justificantes de la transferencia bancaria que acredite el pago de la factura.

II. Facturas de los servicios profesionales de ejecución de las obras de rehabilitación o reforma que hayan sido ejecutadas en el período subvencionable, con identificación en la propia factura de la dirección completa de la vivienda objeto de la actuación y desglose debidamente efectuado de los servicios y conceptos que la componen, además se acompañará el justificante de la transferencia bancaria que acredite el pago de la factura.

III.  Factura emitida por la Dirección Técnica en la que consten los gastos derivados de la redacción del proyecto y dirección o ejecución de la rehabilitación o reforma integral y justificantes de la transferencia bancaria que acredita el pago de la factura.

IV. Cartas de pago o documentos acreditativos del pago de tasas por licencias urbanísticas.

c. Documentación específica para la Línea 3: Alquiler.

I. Justificantes de las transferencias bancarias de los pagos de las mensualidades consecutivas del alquiler efectuadas durante el período subvencionable.

 

            Medios de justificación:

1.            Las personas beneficiarias con certificado electrónico podrán presentar la justificación a través del trámite habilitado en la sede electrónica https://sede.dipuleon.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=9191. El propio trámite es el Anexo III y contiene la ficha de terceros que se debe cumplimentar en la entidad bancaria con anterioridad a la presentación de las facturas u otros justificantes de gastos que serán aportados por cada beneficiario seleccionado.

 

2.            Las personas beneficiarias que presenten la justificación ante el Registro general o resto de lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas, podrán utilizar los anexos específicos que se publican junto con la resolución definitiva en https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Juventud/Informacion_General_Juventud/.

 

Descargar Anexo III. Solicitud de abono de una subvención concedida.

Descargar Anexo V. Memoria Económica.

Declaración responsable.

Descargar Ficha de terceros.

(Facturas, según resultado del sorteo). 

Otra documentación:

Más información de la convocatoria:

Guía informativa con preguntas frecuentes.

Convocatoria.

Ampliación del plazo de justificación.