La ley considera que un empresario o profesional está mostrando una conducta desleal cuando con ella puede distorsionar el comportamiento económico del consumidor. No obstante, el legislador no se refiere a que el precio pagado por el producto o servicio sea más o menos caro, ya que debemos tener en cuenta que nuestro sistema de libre mercado permite al vendedor determinar los precios libremente, al igual que el consumidor puede elegir libremente a quién compra el producto. Para que la libertad de mercado sea efectiva, el vendedor debe informar de sus precios o tarifas al consumidor, que de acuerdo a las ofertas del mercado, elegirá aquel que más le convenga. Se considera que existe conducta desleal de un empresario, vendedor, profesional, etc., cuando el comportamiento económico del consumidor se distorsiona al actuar con engaño o agresión, o en general, de forma ilícita. Un comportamiento desleal por engaño o engañoso será aquel que contenga información falsa o que, aun siendo veraz, induce a error por la forma de presentarla, por lo que puede alterar el comportamiento del consumidor. En este apartado debemos incluir al comercial que hace creer que pertenece a una empresa de solvencia contrastada, sin serlo. Aquél que insiste en la necesidad de realizar la revisión de la instalación de gas aunque no haya transcurrido el plazo legal, aludiendo a posibles riesgos para el usuario o su familia. El que realiza el cambio del regulador de la bombona de gas por caducidad, cuando la sustitución sólo se realiza en caso de deterioro, ya que no tiene periodo límite de validez. También formarán parte de la familia de comerciales que utilizan prácticas engañosas aquellos que fuerzan la decisión del consumidor argumentando que la oferta finaliza ese día, sin aportar la documentación en la que conste el periodo de vigencia de la misma. Será práctica comercial engañosa por omisión aquella que oculta información necesaria para que el consumidor decida si le interesa adquirir o contratar. Tal es el caso en el que no se informa del presupuesto antes de realizar el servicio. Es frecuente que el prestador desleal presente a la firma del consumidor el presupuesto al mismo tiempo que la factura y, por lo tanto, cuando el trabajo ya está realizado. Para evitar caer en esta práctica engañosa tan frecuente, recuerde: ANTES DE FIRMAR UN DOCUMENTO, LÉALO Y COMPRUEBE QUE SE AJUSTA A LA REALIDAD En ocasiones, el consumidor se puede encontrar con algún comercial que realiza prácticas desleales agresivas, entendiendo por tales aquéllas que mediante acoso, coacción o amenaza, disminuyen la libertad de elección del consumidor frente a una oferta. El comercial que entra en nuestra vivienda ignorando las peticiones del consumidor para que abandone la casa o no vuelva a personarse en ella, está realizando una práctica comercial por acoso. Cuando detectemos prácticas comerciales desleales, debemos reaccionar denunciándolo y solicitando su cese ante las autoridades competentes, evitando así que otros consumidores caigan en sus garras. Para evitar ser víctima de prácticas comerciales desleales en nuestra propia casa, debemos tener en cuenta las recomendaciones siguientes: 1. No permita el acceso a su vivienda a cualquier persona que llame a su puerta. 2. Si el vendedor se presenta como comercial de una empresa conocida, solicite su identificación y confirme con la empresa. No utilice para confirmar el teléfono que le facilite el comercial, utilice el número del que usted dispone. 3. Antes de realizar un servicio, deben presentarle un presupuesto gratuito que tendrá una validez 7 días. 4. Antes de aceptar realizar una revisión de la instalación de gas, compruebe que la anterior ya no está en vigor, o está próxima a caducar. 5. Desconfíe de la empresa que ofrece un servicio y no le permite pensar si le interesa contratar o no. 6. La revisión de la instalación de gas debe realizarse cada 5 años. 7. Tras realizar la revisión de la instalación de gas, la empresa debe expedir un certificado para que Vd. lo haga llegar al distribuidor. 8. No es obligatorio suscribir un contrato de mantenimiento de la instalación. 9. Los contratos celebrados a domicilio se pueden anular dentro de los 7 días posteriores a su firma. 10. No firme documentos sin leer su contenido y estar de acuerdo con éste.