Anuncio consulta previa ordenanza fiscal tasa agua JV San Felix de la Vega

ANUNCIO DE CONSULTA PREVIA De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua, se sustancia una consulta pública, a través del portal web de la Diputación provincial de León , en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de: _a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. _b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. _c) Los objetivos de la norma. _d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. _ MEMORIA DE LA NUEVA REGULACIÓN RELATIVA A LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA _ Antecedentes: La entidad local Menor carece de Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por abastecimiento de agua, por lo que no encontramos antecedentes de esta norma. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa: Otorgar a los vecinos una mayor seguridad jurídica en la contraprestación que los usuarios deban abonar por la prestación del servicio de abastecimiento de agua. Necesidad y oportunidad de su aprobación: El desarrollo de la legislación estatal y autonómica por parte de las Entidades Locales ha de llevarse a cabo necesariamente a través de la potestad reglamentaria reconocida a las Entidades Locales Menores en el artículo 51.1.a de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen local de Castilla y León (en adelante LRLCYL), conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante LBRL), que conlleva la posibilidad de elaboración de Ordenanzas y Reglamentos. Además, la LBRL establece que la potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria se ejercerá a través de Ordenanzas fiscales reguladoras de sus tributos y de Ordenanzas generales de gestión, recaudación e inspección. Objetivos de la norma: Entre los ingresos que constituyen la hacienda de esta Entidad Local Menor se encuentran los percibidos en concepto de Tasas por la prestación de un servicio de competencia local, como el que nos ocupa, de conformidad con lo dispuesto en el art 20.4 t) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, en relación con el art 67 de la LRLCYL. El objetivo de la nueva norma no es meramente recaudatorio, sino que pretende garantizar la suficiencia de ingresos para hacer frente al coste que comporta los servicios que se prestan. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: Después de un análisis previo de los recursos de esta Entidad Local Menor, es la imposición de la Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua, la considerada mejor vía posible para hacer frente al coste que comporta el servicio que se presta, sin perjuicio de mejor solución alternativa. En concordancia con lo anterior, se somete, durante un plazo de 20 días, a consulta pública previa, la elaboración del proyecto de Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua. Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno, pueden hacer llegar sus opiniones al respecto a través del siguiente buzón de correo electrónico: sanfelixdelavega8@.gmail.com...

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